martes, 22 de febrero de 2011

SEGUROS DE VIDA


¿Qué es un seguro de vida?

Empecemos por el concepto básico de seguro de vida, un seguro de vida es una cantidad de dinero que recibe una persona o un número de personas (llamados beneficiarios) en caso de fallecimiento de la persona que ha contratado ese seguro de vida. 

Estos seguros de vida son unos contratos en los que tienen que aparecer la empresa aseguradora o asegurador (que se encargará de ofrecer esa cantidad de dinero en caso de fallecimiento a cambio de una prima), el asegurado o persona física sobre cuya vida se hace el contrato, el tomador del seguro o persona que contrata el seguro y se hace cargo de las obligaciones del seguro (como es el pago de la prima) y la prima (cantidad de dinero que deberá pagar la persona que contrata el seguro a cambio de que en el momento del fallecimiento del asegurado se pague la cantidad de dinero contratada a los beneficiarios). En ocasiones la persona que contrata el seguro y el asegurado no son la misma persona física (seguro de vida de un tercero) por lo que el asegurado deberá expresar su consentimiento por escrito.

 
Clases de seguros de vida

Además del típico seguro de vida (que paga una cantidad de dinero al beneficiario en el momento de la muerte del asegurado) que hasta el momento por mi ignorancia era el único que conocía podemos encontrar otras clases de seguros:

-Seguro de renta de supervivencia: El asegurador está obligado a pagar una renta vitalicia al beneficiario desde la muerte del asegurado.

-Seguro de vida ahorro: Es un tipo de contrato destinado al ahorro a largo plazo, que se contrata para poder hacer frente a las dificultades que suponga la jubilación, invalidez o muerte del asegurado.

-Seguro temporal: El deber de la empresa aseguradora de pagar la cantidad de dinero contratada al/ a los beneficiarios solo se produce cuando el asegurado fallece en un periodo de tiempo determinado (en mi opinión personal un poco arriesgado ya que en los momentos que vivimos la medicina ha avanzado y sigue avanzando mucho y también cualquier día te puede atropellar un coche, a no ser que tengas el mejor maestro del tarot en casa es difícil saber en qué periodo de tu vida vas a fallecer).

-Seguro de capital diferido: La empresa aseguradora está obligada a pagar una cierta cantidad de dinero si el asegurado sigue vivo en una fecha determinada,(quince días antes de esta fecha yo no saldría de casa no de la casualidad de que salga más barato corriendo los tiempos que corren que a alguien en tu comida se le caiga “por casualidad” una sustancia mortal).

-Seguro mixto ordinario: El asegurador está obligado a pagar la cantidad de dinero contratada en una fecha determinada haya muerto el asegurado o no.


Tipos de prima

 Según la evolución de la cantidad de dinero que se paga en las primas podemos clasificarlas en:

-Prima ascendente: La prima pagada por la persona que contrata el seguro va aumentando cada año en relación a la edad del asegurado.

-Prima constante: La prima pagada por la persona que contrata el seguro es más alta a la que le correspondería por su edad para más tarde pagar una prima más baja de lo que le correspondería por su edad evitando así el encarecimiento de la prima.

Según la cantidad de primas pagadas por el seguro de vida podemos clasificarlas en:

-Prima vitalicia: La persona que contrata el seguro paga la prima hasta el fallecimiento del asegurado.

-Prima temporal: La persona que contrata el seguro paga la prima una cantidad de años (entre 20 y 30 habitualmente) pero tiene cobertura el seguro de vida hasta la muerte del asegurado.


Después de toda esta información…

Después de toda esta información cabe decir que un seguro de vida es algo necesario y complejo, después de ver todos los tipos de seguro de vida que hay  y viendo la cantidad de empresas que ofrecen este servicio en el mercado que llenan la televisión de anuncios a diario, contratar o no un seguro de vida creo que es una pregunta en mi opinión que no debería ni plantearse ya que la respuesta es sí(a no ser que no tengas personas a tu cargo, ni familiares , ni personas por las que estés dispuesto a contratar uno, en ese caso gastase todo su dinero antes de morirse o déjelo en una o.n.g. y haga una buena obra por el mundo) , creo que la pregunta es qué seguro de vida quiero contratar y que compañía de seguros me da mayores garantías y coberturas para responder a esta pregunta es necesario repasar las distintas ofertas que hay en el mercado compararlas y finalmente decidirse por la que creamos que se adapta mejor a nuestra necesidad. Para finalizar os dejo un video que a pesar de ser muy dramático explica gráficamente que puede pasar si una persona con gente dependiente de ella no tiene un seguro de vida contratado y fallece.


domingo, 20 de febrero de 2011

BASILEA 3

1.Introducción:Basilea I y II

Antes de empezar a hablar sobre Basilea III, empezaremos hablando sobre sus antecedentes Basilea I y II para comprender mejor el concepto de Basilea III.
Basilea I fue un acuerdo firmado en 1988 por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (comité creado por los gobernantes de los 10 bancos centrales europeos “G-10”) donde se establecían una serie de recomendaciones sobre la reserva mínima que debían tener una entidad bancaria en relación con los riesgos que asumían. Los riesgos que se consideraban eran riesgos de negociación, riesgos de crédito y riesgos de tipo de cambio que puede tener una entidad bancaria. Este acuerdo solo recogía recomendaciones que no eran de obligatoria incorporación al ordenamiento regulatorio pero que aun así fueron incorporadas en más de 100 países.

Basilea II es un segundo acuerdo de Basilea constituido en junio de 2004 en el que se intenta mejorar el primer acuerdo (Basilea I) dado que este primer escrito daba la misma probabilidad de impago a los distintos créditos que realizaban las entidades bancarias. Así pues se realizó un nuevo paquete de recomendaciones que se basaba en 3 pilares.

-   Cálculo de los requisitos mínimos de capital: En el que se afirma que los fondos propios de las entidades bancarias tienen que tener un valor mayor del 8% de los activos de riesgo. Considerando además de los riesgos considerados en Basilea 1 más los riesgos operacionales.

-   Proceso de supervisión de la gestión de fondos propios: Las entidades de supervisión nacionales estarían también involucradas en la supervisión de la gestión de fondos propios de las entidades bancarias de su jurisdicción, pudiendo así estas entidades supervisoras exigir un aumento de la prudencia y de la cantidad de fondos propios  de estas entidades bancarias en función a la evolución de los riesgos.

-   Disciplina de mercado: Establece normas de transparencia y publicación respecto a la información de la exposición de las entidades bancarias a los distintos riesgos con el objetivo de conseguir una mayor transparencia de las entidades bancarias así como el objetivo de evitar malas prácticas por su parte.

2.Basilea III


Basilea III es el tercer acuerdo del comité de Basilea creado debido a la evidencia de la necesidad de unas nuevas recomendaciones ya que las entidades bancarias los últimos años vienen teniendo crisis de gran magnitud y expansión internacional. Para ello este acuerdo exige un aumento los requisitos mínimos de capital propios de las entidades bancarias respecto a los activos de riesgo, reducir estos propios riesgos que asumen estas entidades como son los riesgos de crédito y un aumento de las reservas bancarias. Con estas exigencias se evitará así las situaciones  que se han dado últimamente como son el rescate por los estados de distintas entidades bancarias debido a la mala gestión de los fondos propios de estas entidades que asumieron riesgos demasiado altos y debido también a los créditos realizados con una alta probabilidad de impago.

Para entender mejor Basilea III os dejo este video que lo explica muy gráficamente.


martes, 15 de febrero de 2011

¿QUE SON LOS WARRANTS?



1.    Definición

Un warrant es un contrato o instrumento financiero derivado en el que el propietario o comprador adquiere la posibilidad (no obligación) de comprar (warrant call) o vender (warrant put) un activo subyacente (activo financiero al que se hace referencia en el contrato pudiendo ser acciones, índices, divisas, etc. El precio del warrant está vinculado al precio de este activo subyacente) en unas condiciones determinadas y en una fecha determinada (fecha de vencimiento). Estos warrants tienen una fecha de vencimiento que va desde varios meses a 2 años después de haberlo adquirido, si en esta fecha el propietario no efectúa la compra o venta que tenía derecho a realizar pierde el derecho a comprar o a vender el activo subyacente en las condiciones establecidas.

En un supuesto infantil pero grafico supongamos que un warrant fuera un contrato por el cual la persona que lo compra tuviera la posibilidad de comprar (warrant call) un quilo de patatas a un precio 1€ (precio determinado en el contrato en el momento de la compra por el emisor) y con una fecha de vencimiento de dos meses. Pasados los dos meses, el precio de las patatas aumenta porque la cantidad de las patatas ofrecidas en el mercado es mucho menor , la persona que compro ese warrant call aunque el precio de las patatas ha aumentado en el mercado a 2€ puede efectuar su contrato y comprar su quilo de patatas a 1€ con la posibilidad de más tarde venderlo en el mercado por ese precio de 2€ (beneficio de 1€). Si en esos dos meses el precio de las patatas ha bajado puesto que el warrant no es una obligación el propietario de él no tiene porque hacer efectivo su contrato. Supongamos entonces que esta persona viendo que la temporada de patatas iba a ser una temporada donde en el mercado habría una mayor cantidad de patatas debido al buen tiempo compro un warrant put, contrato en el que vendería un kilo de patatas al precio de  1€ pasados dos meses, y efectivamente ese año la cosecha de patatas fue inmensa por lo cual el precio en el mercado fue de 50 centimos  por lo que esa persona obtendría un beneficio de otros 50 centimos al venderla a un precio mayor del que hay en el mercado.

2.    Tipos
 
Podemos clasificar los warrants en distintos tipos, la principal clasificación de los warrants es la siguiente:
-warrant call: El propietario adquiere el derecho o posibilidad de comprar el activo subyacente en las condiciones preestablecidas.
-warrant put: El propietario adquiere el derecho o posibilidad de vender el activo subyacente en las condiciones preestablecidas.

También se pueden diferenciar en:
-warrant europeo: El propietario puede solo puede ejercer el derecho o posibilidad de compra o venta en la fecha de vencimiento del warrant.
-warrant americano: El propietario puede ejercer el derecho o posibilidad de compra o venta tanto en la fecha de vencimiento como  en el trascurso de tiempo entre el momento de compra y la fecha de vencimiento.

3.    Elementos de los warrants a tener en cuenta

· El precio del ejercicio: Es el precio al que se tiene la posibilidad de comprar o vender el activo subyacente. Este precio lo determina el emisor en el momento que emite estos warrants.

· Prima: Precio que se paga al adquirir el warrant.

· Valor intrínseco: Es el valor que tiene un warrant en un momento determinado si se ejerciera el derecho o posibilidad adquirido en el momento de su compra, se obtiene de un warrant call de la diferencia entre el precio del activo subyacente (llamado spot) y el precio del ejercicio(strike) y se obtiene de un warrant put de la diferencia entre el precio del ejercicio(strike) y el precio del activo subyacente en ese momento(strike).

 · Valor temporal: Es el valor que tiene un warrant en el mercado en un momento determinado, cuanto mayor sea el valor intrínseco en ese momento mayor será también el valor temporal.

· Ratio: Numero de activos subyacentes que puedes adquirir o vender por cada warrant adquirido.

 · Sensibilidades: Índices o variables que indican que evolución sufren las primas de los warrants en relación con sus factores determinantes. Algunos de estas sensibilidades son delta(relaciona el precio del warrant ante los cambios de la cotización del activo subyacente) y theta(relaciona en euros el valor que pierde cada warrant por cada día natural que transcurre).